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epson740 17/10/2016 09:31

quitar el usufructo
 
hola, aver si me se explicar bien, en el 95 fallecio mi madre y mi padre puso la casa a nombre de mi hermana y mio, y él se reservo el usufructo.

mi padre fallecio en el 2008, y pusimos la casa en venta, y al llevarsela a una inmobiliaria me comento que no hacia falta gastar dinero en quitar el usufructo, qu el dia que se vendiese de la casa ya se haria, pregunte a una persona que trabajo enuna notaria y me dijo que ella me hacia el escrito y que yo lo llevase al registo (no habian pelas) y lo deje estar.

se vende la casa, y lo primero que hace el notario es una escritura de cancelacion del usufructo (primera engachada) le comento que si no se hacia en la misma escritura de venta y me dice que si es que yo quiero que el comprador pague la otra escritura, le comente que que me habian dicho y me dijo que me habian informado mal, la cuestion es que me ha soplado 400 euros para prevision de gastos.

leo en la red, y dicen que solo el notario deberia de legitimar la firma del escrito con el acta de defuncion.

por otra parte, veo la escritura de adjudicacion de herencia de mi mujer, y la notario si que pone que el usufructo a prescrito.

claro es el unico notario de la localidad, pero me siento estafado.

saludos

epson740 18/10/2016 13:08

bueno, por lo visto desde hace un par de años es legal, segun me han contado que se han puesto de acuerdo los 3, hacienda, notarios y registradores, para sacarnos las pelas.

saludos

ZackY 18/10/2016 19:17

Según dicen aquí el usufructo se extingue al morir tu padre:

[QUOTE]
Pues el artículo 513 del Código Civil ya dice que [B][B]el usufructo se extingue "1º- por la muerte del usufructuario".[/B][/B]
Osea que ya está extinguido.

Pero si se hizo la aceptación de herencia ( que me parece entender que si), se llevaría la escritura notarial al registro de la propiedad, por lo que en el registro consta que hay un usufructuario.

Debéis llevar al registro certificado de defunción para que reflejen que ya no hay usufructuario. Porque tarde o temprano habréis de hacerlo. Ya que si no, nunca podréis vender el piso, ni ponerlo en garantía de un préstamo, ni hacerle una hipoteca, ni alquilarlo, con plena legalidad... etc.

Ya cuando el registro tome nota del fallecimiento del usufructuario, os queda libre y de vuestra absoluta propiedad.

El coste, nada. Prácticamente nada. Muy pocos euros si es que os cobran algo.
Al fallecer vuestra madre, por supuesto que queda extinguido el usufructo, pero hay que notificarlo.
[/QUOTE]

[url]http://www.todoexpertos.com/categorias/familia-y-relaciones/herencias/respuestas/2218904/extincion-y-costes-del-usufructo[/url]

Suerte!.

epson740 19/10/2016 10:35

eso me dijo ayer un oficial de notaria, ahora tengo que hablar con el del registro. y como solo tenemos un notario, y segun cuentan que es de estos o te hago yo las escrituras o te jodo vivo.

saludos

tresnanos 19/10/2016 15:01

Va a ser que no, puedes ir al notario que te venga en gana, eso si, tendrás que desplazarte a otra localidad
El registro es el que toca por zona (y el registrador) pero el notario puedes elegir el que quieras, creo que sin salir de la provincia

pegaso21 19/10/2016 15:20

[QUOTE=tresnanos;4795530]Va a ser que no, puedes ir al notario que te venga en gana, eso si, tendrás que desplazarte a otra localidad
El registro es el que toca por zona (y el registrador) pero el notario puedes elegir el que quieras, creo que sin salir de la provincia[/QUOTE]

Toda la razón....

En mi localidad cobran por hacer testamento 100€, en otro municipio a 23 Km pagué solo 30€.

andorrilla 19/10/2016 17:20

[QUOTE=pegaso21;4795531]Toda la razón....

En mi localidad cobran por hacer testamento 100€, en otro municipio a 23 Km pagué solo 30€.[/QUOTE]

hola amigo.

móntalo usted en el avión y tírelo,un saludo.

pd,estamos rodeao de ...

CORALMAR 19/10/2016 17:41

Creo que cuando fallece el usufructuario,.. hay que notificar el fallecimiento del mismo,... si no recuerdo mal,.. había un plazo de 5 años para eso,. y luego aceptar la herencia,..etc,. no es tan sencillo,. lo que si,.. es que para la transmición del patrimonio,.a la hora de la venta,.. te pegan el palo con los impuestos,.. una barbaridad,.. alrededor +/- el 25% del valor de tasación del inmueble,.. [URL]http://www.abogadoregistro.es/extincion-de-usufructo-constituido-por-herencia/[/URL]

en fin,.. lo del avión del sr,. pegaso 21,.. este si que mola,.. jijiji,. saludetes,..

http://e02-expansion.uecdn.es/assets...1879864544.jpg

ZackY 20/10/2016 08:38

Please. Abrir otro hilo para el tema del avion ;)

andorrilla 20/10/2016 18:09

Cita:

Iniciado por ZackY (Mensaje 4795593)
Please. Abrir otro hilo para el tema del avion ;)

buenas tardes señor.

el tema del avión,se refiere para tirar al sr,notario...un saludo.


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