[QUOTE=gheta;4822517]El artículo 155 tiene un texto corto, claro y no da lugar a otras interpretaciones. Ya es´ta en marcha y se está desarrollando el primer punto, lo del requerimiento y aprobación del senado.
Por más que leo y releo, no veo dialogo y negociación, solo la continuidad del mencionado articulo que dice:[COLOR="DarkRed"][B][SIZE="3"]
....por mayoría absoluta del Senado, podrá adoptar las medidas necesarias para obligar a aquélla al cumplimiento forzoso de dichas obligaciones o para la protección del mencionado interés general.
2. Para la ejecución de las medidas previstas en el apartado anterior, el Gobierno podrá dar instrucciones a todas las autoridades de las Comunidades Autónomas.[/SIZE][/B][/COLOR]
MEDIDAS NECESARIAS--->TODAS las posibles desde la destitución, convocatoria de elecciones, mandar el ejército, etc. para conseguir el cumplimiento de las obligaciones y el retorno a la normalidad o la protección del interés general.[/QUOTE]
Pues no se que manera tienes de leer; dices que no ves "dialogo y negociación", ... bien. Pero ¿donde ves ceses y usurpación de funciones?.
Sigue leyendo cuantas veces sean necesarias, hasta ver si lees bien eso de [B]Para obligar a aquella.[/B]
Salud
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