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Antiguo 07/08/2007, 22:23   #1
anarkia78
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Fecha de ingreso: 14/jul/2007
Mensajes: 34
anarkia78 está en el buen camino
Daños y perjucios

Hola compis, mirad, ¿podria reclamar a mi ayuntamiento daños y perjuicios por la rotura de 2 dientes en un campeonato de futbol organizado por el ayuntamiento?este no disponia de seguro para este evento, incluso habiendo pagado los juagadores una cierta cuantia por disputar dicho campeonato. Poseo las radiografias y el parte médico como prueba además de testigos (el concejal de deportes pitaba el partido). Esto ocurrió en agosto de 2003, siendo yo menor de edad, pero no quisimos demandar por que el ayuntamiento quiso colarnos en el seguro de la piscina, teniendo que mentir al périto diciendo que me los habia roto en ella. Como es lógico no se lo tragó pq llamarón a mi madre avisando 10 min antes que venia y dando el ayto una versión que no corcodaba en nada con la que nos indicaron que dijesemos. Ahhh, la reconstrucción de la boca les costó a mis padres 680 €.
El interés renovado en demandar a mi ayto no es económico, es por la humillación que sufrí al ser el único no contratado de 15 personas para una trabajo de 15 dias montando nuestra feria y que a continuación contraten a 2 mas dejandome de nuevo fuera, teniendo mejor curriculum que la mayoria, solo por ser votante a otro partido. El empleo es importante para mí, ya que estoy estudiando Ingenieria informatica y tengo pocas posibilidades de trabajar si no es ahora. Saludos a todos socios
__________________
Si fuimos cien años tuyos, lo seremos siempre
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Antiguo 08/08/2007, 11:41   #2
Venitez
Habimus patientiam
 
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Fecha de ingreso: 27/feb/2004
Mensajes: 4.066
Venitez ha deshabilitado la reputación
pues creo que si fue en el 2003 el hecho, la responsabilidad a prescrito. Crisalian confirmalo si puedes
__________________
[COLOR="Blue"][B]Los sabios son los que buscan la sabiduría; los necios piensan ya haberla encontrado.[/B][/COLOR]

[COLOR="Blue"][B]"Aprender a ver es el más largo aprendizaje de todas las artes".
[/B][/COLOR]
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Antiguo 08/08/2007, 17:18   #3
crisalian
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Fecha de ingreso: 07/nov/2003
Mensajes: 198
crisalian tiene un espectacular aura a su alrededorcrisalian tiene un espectacular aura a su alrededorcrisalian tiene un espectacular aura a su alrededor
Cita:
Iniciado por Venitez Ver mensaje
pues creo que si fue en el 2003 el hecho, la responsabilidad a prescrito. Crisalian confirmalo si puedes


Bueno es un caso un tanto "complicado" cuanto procedimentalmente y ante el ejercicio de acción de indemnización de daños y perjuicios se refiere.

A priori por lo que expones descarto que se haya de emprender una acción derivada de culpa "extra contractual" ya que mediaba un contrato laboral no formal, por lo tanto y a la vista de lo expuesto no existe caducidad/prescripción de 1 año (1902 y 1968 CC) sino de 15 años (1964 CC), en este supuesto no habría caducado la acción y podrías demandar.

La vía lógica de la reclamación sería la civil ( a expensas de estudiar una posible reclamación previa vía administrativa), porque la vía laboral si no recuerdo mal, y a expensas de mejor saber entender y estudiar porque no lo he mirado (vacaciones) el plazo de caducidad/prescripción para reclamar cierta cantidad derivada de cualesquiera circunstancia de un contrato de trabajo es de 1 año.

Con todo lo expuesto y a mejor saber y/o entender.

Sigo aquí por si tienes mas dudas.
__________________
El lado oscuro de la fuerza ya esta aqui.

Última edición por crisalian; 08/08/2007 a las 17:20.
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Antiguo 09/08/2007, 10:38   #4
pakillo loco 
Se caiba
 
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Mensajes: 1.705
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En tiempos en que yo jugaba en categoria infantil federado, sí que había un seguro a cargo de la Federación. En el caso que expones, imagino que el Ayuntamiento, al organizar cualquier evento, deportivo o no, deberá cubrir riesgos de alguna manera.
Desde el momento en que el Ayuntamiento quiso colar el seguro de la piscina, imagino es porque le vio las orejas al lobo sino no directamente te diría que te apañes.
Deberias iniciar un [I]EXPEDIENTE DE RESPONSABILIDAD PATRIMONIALdirigido contra el ayuntamiento mediante escrito en vía administrativa y que prescribe a los 5 años[/I]
Luego, en caso de resolución no faorable o de silencia administrativo deberas acudir a la via judicial mnediante demanda civil.
Sobr la via laboral o social, olvidate, ni de coña cabe ya sea por haber pasado un año y por no existir relación laboral
2saludos y até mais
__________________
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Antiguo 09/08/2007, 10:53   #5
crisalian
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Mensajes: 198
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A pesar de las pequeñas diferencias que tenemos pakillo en cuanto a la resolución del hecho, como bien dice deberías realizar un escrito de "petición" dirigido contra el ayuntamiento con un encabezamiento un expongo y un solicito, reclamando la indemnización que creas procednete y luego ya actuar judicialmente.
__________________
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Antiguo 16/08/2007, 10:31   #6
pakillo loco 
Se caiba
 
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Mensajes: 1.705
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Iniciado por crisalian Ver mensaje
A pesar de las pequeñas diferencias que tenemos pakillo en cuanto a la resolución del hecho, como bien dice deberías realizar un escrito de "petición" dirigido contra el ayuntamiento con un encabezamiento un expongo y un solicito, reclamando la indemnización que creas procednete y luego ya actuar judicialmente.
Amigo Crisalian, las diferencias no son tales, a mi entender, ya que coincidimos que se trata de una accion civil resarcitoria de daños y perjuicios. Lo que pasa es que a mí me gusta utilizar la vía de la responsabilidad patrimonial para ver, si abren el expediente, cual es la postura del Ayuntamiento o Administración de que se trate. Además, antes del trámite de la audiencia al interesado pues proponer un acuerdo a ver si cuela.
Pd.: Espero, Crisalian, que un día de estos podamos charlar personalmente con un par de "birras" en frente o lo que se tercie.
2salu2 y até mais
__________________

Última edición por pakillo loco; 16/08/2007 a las 10:32.
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Antiguo 17/08/2007, 10:36   #7
crisalian
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Mensajes: 198
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[QUOTE=pakillo loco;2973290]Amigo Crisalian, las diferencias no son tales, a mi entender, ya que coincidimos que se trata de una accion civil resarcitoria de daños y perjuicios. Lo que pasa es que a mí me gusta utilizar la vía de la responsabilidad patrimonial para ver, si abren el expediente, cual es la postura del Ayuntamiento o Administración de que se trate. Además, antes del trámite de la audiencia al interesado pues proponer un acuerdo a ver si cuela.
Pd.: Espero, Crisalian, que un día de estos podamos charlar personalmente con un par de "birras" en frente o lo que se tercie.
2salu2 y até mais[/QUOTE]


Pakillo como buen veterano que me parece que eres, aprender de ti nunca vendría mal, ya que estoy un poco verde en estrategia jurídica....

Amunt Valencia y claro porque no esas birrillas.
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